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PROGRAMA / Convocatoria PEDP / Consultas frecuentes
Pueden presentar proyectos para la formulación de PEDP organizaciones de la sociedad civil que trabajen en concordancia con los gobiernos locales del territorio para el cual se formularía el PEDP. No podrán presentarse en forma directa los gobiernos locales.
Se entiende por OSC a organizaciones no gubernamentales, organizaciones sociales, universidades, academia/organizaciones profesionales, cámaras y, en general, aquellas que presenten las siguientes características:
La planificación estratégica del desarrollo productivo de un territorio determinado constituye una acción colectiva que define un plan de acción, una guía dinámica y flexible de trabajo hacia el desarrollo productivo integral de dicho territorio, con un horizonte de mediano y largo plazo.
Esta planificación implica la búsqueda de una o más ventajas competitivas del territorio y de su entramado productivo, y la puesta en marcha de las estrategias requeridas para preservar o afianzar dichas ventajas.
La elaboración de un plan estratégico de desarrollo productivo es un conjunto de tareas que se desenvuelven participativamente e implican:
En las categorías A y B, una localidad, mientras que en la categoría C no hay un máximo de integrantes (dependerá de la conformación de cada microrregión), pero sí un mínimo: dos gobiernos locales, de los cuales al menos uno en el que residan más de 10.000 habitantes.
FE DE ERRATA:
En las categorías A y B, una localidad, mientras que en la categoría C no
hay un máximo de integrantes (dependerá de la conformación de cada
microrregión).
Con el monto de la donación recibida del PNUD, la OSC podrá financiar:
La contraparte es el monto que surge de la diferencia entre el costo total del proyecto de formulación del PEDP y el aporte de donación que efectúa el PNUD.
Esa contraparte deberá ser aportada por el gobierno local del territorio en el que se referencia el PEDP, y a los efectos de su cálculo se reconocerán los siguientes rubros de gastos:
Sí, pero se valorará con un puntaje mayor la inserción territorial local y la experiencia de trabajo en el territorio propuesto para la elaboración del PEDP.
No, sólo se contemplarán proyecto de formulación de PEDP presentados por OSC en conjunto con los gobiernos locales (ver pregunta 3).
El taller informativo está destinado a representantes de las OSC que tengan interés en participar en la convocatoria para la formulación de PEDP.
Los asistentes podrán concurrir acompañados de funcionarios o técnicos de los gobiernos locales con quienes se formule el PEDP.
Para la inscripción deben completarse los siguientes datos y enviarlos por correo electrónico a elizabeth.pirker@undp.org
La convocatoria es sólo para la formulación de planes estratégicos de desarrollo productivo, y no para financiar proyectos de inversión, asistencia social, formación profesional, evaluación de impacto, etc.
Las consultas generales acerca de la formulación de los PEDP se canalizan a través del correo y la web del Programa.
En el ámbito del taller se destinará un espacio a la atención de consultas de los participantes.
De acuerdo al cronograma vigente, el financiamiento de los proyectos para formular PEDP que resulten aprobados comenzará a implementarse a partir del mes de marzo de 2009.
Las microrregiones no tienen un número máximo de integrantes, pero sí deben incluir al menos una localidad de más de 10.000 habitantes.
Dos o más OSCs pueden participar asociadas siempre que acrediten, al momento del otorgamiento del beneficio, un acuerdo validado legalmente por las autoridades competentes.
Los conglomerados urbanos específicamente excluidos de esta Convocatoria, y que son enunciados en las Bases, no pueden ser objeto de la formulación de un PEDP, ni por sí mismos ni a través de sus integrantes considerados en forma individual.
En estos la carta compromiso debe ser refrendada por las autoridades de los gobiernos locales involucrados en la microrregión.
No se contempla un número máximo de habitantes por microrregión.
Las localidades que integren una microrregión en ningún caso podrán tener una población que supere los 50.000 habitantes.
Al menos una localidad de las que integren la microrregión debe tener como mínimo 10.000 habitantes para que pueda ser encuadrada en la convocatoria.
En tanto en los estatutos de la OSC se establezca autonomía para la elección de autoridades, pueden participar de la convocatoria.
Incluye tanto el sector agropecuario, industrial, comercio y servicios.
Al momento de la presentación del proyecto, la Carta Compromiso debe estar firmada por la autoridad del Poder Ejecutivo de la/s localidad/es involucrada/s.
Sólo si el proyecto resulta beneficiario de la donación PNUD, antes de la firma del Memorandum de Entendimiento se solicitará el compromiso del Poder Legislativo.
Esa documentación será solicitada únicamente para el caso que el proyecto resulte beneficiario de la donación PNUD y con carácter previo a la firma del Memorandum de Entendimiento.
Significa que ninguna persona está obligada a aportar a una OSC por fuerza de Ley de orden público. Si los estatutos de las OSC obligan a sus miembros a efectuar el pago de cuotas sociales, las mismas pueden participar de la convocatoria PEDP
Un mismo técnico o profesional no podrá participar en más de dos proyectos aprobados, en la medida que sus dedicaciones a cada uno de ellos lo permita.
Las OSC pueden presentar proyectos con gobiernos locales que no sean una Municipalidad en tanto éstos tengan manejo presupuestario propio a efectos del aporte de contraparte.
Los sueldos de personal municipal se consideran un gasto preexistente y no se incluyen a efectos del cálculo del aporte de contraparte.
Es parte del propio proceso de formulación del PEDP identificar fuentes de financiamiento (propias o de terceros) para la etapa de implementación del Plan.
El PNUD junto al Comité de Selección y Seguimiento aprobará los proyectos para la formulación de PEDP, objeto de esta Convocatoria.
Si el presupuesto total fuera mayor que el tope máximo establecido (según cada categoría de proyectos), la diferencia puede estar a cargo de la contraparte.
La formulación del PEDP está prevista en un plazo máximo de 6 meses, pero no tiene restricciones en cuanto a que se desarrolle en un período menor.
No, no hay topes establecidos por rubro presupuestario.
Un consorcio constituido por OSCs deberá acompañar la documentación de cada entidad integrante y, en caso de resultar beneficiaria, presentará el acuerdo consorcial validado por las autoridades correspondientes (ver pregunta 15).
Una misma localidad puede estar involucrada solamente en un proyecto.
Como consecuencia del proceso de elaboración participativa y consensuada del PEDP, se definen posteriormente los sectores productivos que serán priorizados.
Si, para lo cual se ha modificado el punto X. de las Bases de la convocatoria por el siguiente texto:
"Los proyectos podrán enviarse por correo postal HASTA EL DIA 20 DE FEBRERO 2009, para lo cual se tomará como válida la fecha del matasellos.
No obstante, se recibirán presentaciones que sean entregadas PERSONALMENTE HASTA LAS 12 HS. DEL DÍA 23 DE FEBRERO 2009 en la sede del PNUD.
La presentación deberá realizarse en sobre cerrado dirigido al PROGRAMA NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD) AREA DESARROLLO PRODUCTIVO, Esmeralda 130 PISO 13 (C1035ABD) BUENOS AIRES, con dos juegos completos de formularios y documentación solicitada, firmada en todas sus hojas por autoridad competente de la OSC y copia en soporte informático."
Se prevé el pago de un anticipo al momento de la firma del Memorandum de Entendimiento y un segundo desembolso al promediar la ejecución del proyecto, sujeto a la aprobación del informe de avance por parte de PNUD.